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sábado, 3 de septiembre de 2016

CONFIRMAN CONDENAS PARA DINOS POR DESAPARICION DE 1 ELENO Y ASESINATO DE 3 MIRISTAS


La Corte Suprema confirma condenas para 6 criminales de lesa humanidad de la DINA, culpables de la desaparición de un ‘eleno’ del PS y del homicidio de 3 jóvenes combatientes del MIR. Sólo por estar muertos, se salvaron Contreras y Moren


El último día de agosto, la Corte Suprema dio a conocer el fallo mediante el cual confirma la sentencia que condena a 5 delincuentes de la siniestra Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado de IVÁN OLIVARES CORONEL –Chuqui-, PEDRO LABRA SAURE y JAIME OSSA GALDAMES –Nacho-, todos ellos integrantes del Movimiento de Izquierda Revolucionaria MIR; así como por la detención y desaparición de GUSTAVO RAMÍREZ CALDERÓN, miembro del ELN –un “eleno”- adscrito al PS. Estos compañeros, por entonces, se las jugaban por organizar la Resistencia Popular a la dictadura cívico-militar entronizada en el poder luego del golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973.

En primera instancia, el 14 de agosto de 2014, el ministro en visita Leopoldo Llanos había dictado sentencias en la investigación por los homicidios y el secuestro calificados de los compañeros mencionados. Esa vez, el magistrado condenó a un total de 8 ex sicarios de la DINA por los delitos cometidos en contra de los 4 compañeros, quienes habían sido detenidos y luego asesinados o ultimados sin más, en distintos meses del año 1975, en la Región Metropolitana. Dos ratas quedaron excluidas de la condena, pues ya fallecieron: Manuel Contreras Sepúlveda y Marcelo Moren Brito.

En fallo unánime (causa rol 20506-2016), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Jorge Dahm– confirmó la resolución dictada por el ministro Leopoldo Llanos que condenó a:

-Miguel Krassnoff Martchenko a las penas de 20 años de presidio en calidad de autor de los homicidios de Olivares Coronel, Labra Saure y Ossa Galdames; y de 10 años y un día de presidio como autor del secuestro de Ramírez Calderón;
-Rolf Wenderoth Pozo a 10 años de presidio como autor del secuestro de Ramírez Calderón, y 5 años de presidio como cómplice en el homicidio de Ossa Galdames;
-Basclay Zapata Reyes, "El Troglo", a 15 años de presidio como autor del homicidio de Olivares Coronel, más 10 años de presidio como autor del secuestro de Ramírez Calderón;
-Fernando Lauriani Maturana a 10 años y un día de presidio como autor del homicidio de Olivares Coronel, y 5 años como cómplice en el homicidio de Ossa Galdames;
-Francisco Ferrer Lima a 10 años y un día de presidio como autor del homicidio de Labra Saure, y
-Orlando Manzo Durán a 3 años y un día de presidio como cómplice en el secuestro de Ramírez Calderón.

De acuerdo a los antecedentes recopilados en la etapa de investigación, el ministro Llanos logró establecer los siguientes hechos:

"a) IVÁN NELSON OLIVARES CORONEL, estudiante, 20 años de edad, militante del MIR. El 21 de octubre de 1975, aproximadamente a las 21:00 horas, cuando se encontraba en su domicilio, junto a su familia, llegaron varios sujetos que se identificaron como agentes de la DINA, ingresaron violentamente al inmueble, preguntando por Olivares Coronel, quien al sentir ruidos de vehículos en la calle salió de su pieza y trató de huir saltando la muralla divisoria hacia la casa vecina; ante ello, los agentes salieron en su búsqueda, y fue así que en el patio trasero de aquella, y encontrándose Iván Olivares totalmente desarmado, de inmediato le dispararon dos descargas de metralleta, resultando con heridas a bala en el cráneo, en el tórax y en un brazo que finalmente, le provocaron la muerte. Luego los agentes lo envolvieron en una frazada y lo subieron a una camioneta que esperaba afuera. Una semana después su cadáver fue encontrado en el Servicio Médico Legal. En el certificado de defunción se indica como época de fallecimiento "octubre de 1975".
Compañero Pedro Labra
b) PEDRO LABRA SAURE, 23 años de edad, estudiante universitario, militante del MIR. El 8 de febrero de 1975, alrededor de las 03:00 horas, a su domicilio, ubicado en Séptima Avenida N° 1580, San Miguel, llegaron tres vehículos motorizados y de ellos descendieron varios sujetos, entre ellos una mujer, quienes se identificaron como agentes de la DINA; entraron al inmueble, saltando la reja, e inmediatamente se escuchó una ráfaga de metralleta, resultando Labra Saure herido en el abdomen; fue sacado de la casa por los agentes y lo introdujeron en uno de los vehículos. Días después fue encontrado su cuerpo en el Servicio Médico Legal. Según la autopsia, practicada el 9 de febrero de 1975, la causa de muerte es una herida abdominal con salida de proyectil. En el certificado de defunción se señala como fecha de fallecimiento el 9 de febrero de 1975.
c) JAIME IGNACIO OSSA GALDAMES, profesor, 32 años de edad. Fue
Compañero Nacho Ossa
detenido el 20 de octubre de 1975, alrededor de las 12:00 horas, junto a José Moya Raurich, desde su domicilio ubicado en calle Argentina N° 9157 de la comuna de La Cisterna, por seis agentes de la DINA, cinco hombres y una mujer, quienes los sacaron de la casa, los introdujeron en una camioneta y los trasladaron a "Villa Grimaldi", donde fueron interrogados y torturados, juntos y por separado; hubo testigos que advirtieron su presencia en aquel centro de detención y contaron de su pésimo estado de salud a consecuencias de las torturas a las que fueron sometidos. El 24 de octubre en el recinto hubo un movimiento inusual de agentes porque Ossa Galdames se habría muerto por paro cardiaco a consecuencia de las torturas. La DINA, para ocultar su muerte, hizo creer a la opinión pública que Ossa Galdames había muerto atropellado al lanzarse a las ruedas de un vehículo. Fue buscado por sus familiares y realizadas las consultas en el Servicio Médico Legal figuraba como fallecido el 25 de octubre de 1975, fecha que también figura como la de su fallecimiento en el certificado de defunción. De acuerdo al informe de autopsia, la causa de muerte un traumatismo abdómino vertebral.
d) GUSTAVO GUILLERMO RAMÍREZ CALDERÓN, de 20 años de edad, estudiante, militante del Partido Socialista. Fue detenido el 6 de septiembre de 1975 por efectivos de inteligencia de Carabineros, desde el domicilio ubicado en Fernández Concha 268, Ñuñoa, y trasladado hasta el recinto ubicado en calle Dieciocho de Santiago Centro, a cargo de SICAR. Permaneció en ese recinto hasta principios de noviembre de 1975, siendo trasladado hasta el campamento de detenidos de Cuatro Álamos, lugar donde permaneció hasta mediados de noviembre del mismo año, fecha en que es llevado a "Villa Grimaldi", lugar en el que es torturado. Se le ve con vida hasta el 18 de noviembre de 1975, fecha desde la cual se pierde todo rastro de su paradero, sin que el privado de libertad haya tomado contacto con sus familiares, realizado gestiones administrativas ante organismos de Estado, sin registrar entradas o salidas del país, sin que conste, tampoco, su defunción".

Permítasenos traer a colación un fragmento de un homenaje realizado por Flyman a la memoria de los compañeros Chuqui y Dago Pérez:

“La noche del 21 de Octubre de 1975, entre las 19 y las 23.30 horas se producen en distintos lugares de Santiago, tres detenciones de militantes del MIR, dos de ellas en sus domicilios en allanamientos con participación de agentes armados y toma de rehenes; la otra, en una concurrida calle de Santiago a la salida de una jornada de un liceo vespertino. Días antes había sido detectado el funcionamiento de una pequeña estructura sobreviviente del GPM-7 cuya localización geográfica era la Comuna de Santiago-Centro.

“En uno de esos allanamientos es detenido Iván Olivares Coronel, en la casa de sus padres ubicada en la calle General Gana muy cerca de Santa Rosa, (antiguo barrio matadero), quien, es herido al intentar escapar por la casa de unos vecinos. A pesar de que las heridas que le habían ocasionado eran graves, no eran mortales. Por desgracia su lugar de cautiverio y posterior asesinato es, hasta hoy, es un misterio.

“El 16 de octubre de 1975 se produce el enfrentamiento de Malloco en el que cae abatido Dagoberto Pérez Vargas, mientras cubre la retirada de Andrés Pascal y Nelson Gutiérrez [lo que quedaba de la Comisión Policía del MIR en Chile –nota del CAD], después de horas de balacera. Algunos días más tarde, es dejado junto al cuerpo de Dagoberto el de Iván Olivares, quien había sido asesinado después de una larga sesión de tortura por agentes de la DINA, hoy identificados.

De esta manera, en una noche de octubre, por pocas horas, se cruzan en una fría sala del Instituto Médico Legal los cuerpos de dos jóvenes quienes asistieron desde distintos lugares a la lucha de esos días por la reconstrucción de su partido, el MIR. Ninguno de los dos pudo asistir a la lucha que vino años después, no pasaron ni por la cárcel ni por el exilio, no tuvieron que asilarse, ni participaron de la política del retorno, ni menos vivieron nuestra división. Sólo vivieron esos escasos años de lucha y compromiso.”

¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!

Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Septiembre 3 de 2016

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