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viernes, 2 de junio de 2017

NIEGAN AMPARO AL GENOCIDA PATRICIO JELDRES, FEROZ REPRESOR EN CHILLAN EN 1973

Jeldres dando cuenta de sus crímenes en San Nicolás, 15/5/17

El paco Jeldres fue un inmisericorde represor de pobladores, trabajadores y campesinos de la provincia de Chillán inmediatamente de ocurrido el Golpe de Estado de 1973. La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó su recurso para librarse de la pena de presidio en Punta Peuco por no “estar rehabilitado”, lo que se expresa en que no presenta conciencia ni se arrepiente de los crímenes que cometió

El pasado 29 de mayo, se dio a conocer que la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de amparo en contra de la decisión de la Comisión de Libertad Condicional del tribunal de alzada que –en justicia- negó el derecho a tal contingencia al interno del hostal-penal de Punta Peuco, Patricio Jeldres Rodríguez.

En fallo unánime (rol 1.076-2017), la 5ª Sala del tribunal de alzada consideró que el interno no tiene conciencia del daño causado, por lo tanto no puede acceder al derecho.

"Que, el referido informe, en cuanto atañe a estos jueces, consigna al menos dos cuestiones que parecen ser esenciales. Respecto de la conciencia del daño, más bien lo centra en sí mismo y de su familia, como producto de su encierro, pero en cuanto a las víctimas de los delitos –cuya autoría al menos en cuanto a la detención reconocería actualmente- sólo se aprecia un mediano correlato ideo afectivo, en palabras empleadas en el citado informe. 

La segunda cuestión esencial, es aquella vinculada al arrepentimiento que dice sentir con relación a los delitos materia de su condena "no haber sido más acucioso en hacer un seguimiento de lo ocurrido con las víctimas". Sin embargo, este reporte refiriéndose a un informe elaborado en torno a este aspecto, dice que en él se señala que no presentaría remordimiento ni sentimientos de culpa, lo que obviamente contrasta con su expresión de condena moral a tales comportamientos y, asimismo, con la afirmación –ahora del informe- en el sentido de que "ha logrado desplegar y consolidar un paulatino proceso de profundización respecto a la elaboración de su participación en los hechos por los que cumple condena", dice el fallo.
La malograda familia Lagos

Agrega que: "a juicio de esta Sala de la Corte, estos antecedentes demuestran que el postulado Patricio Enrique Jeldres Rodríguez, no se encuentra rehabilitado a la fecha de esta postulación y evaluación en los términos del artículo 1° del Decreto Ley N°321, por lo que, al haber determinado la Comisión de Libertad Condicional, que este beneficio se rechaza en su caso, no incurrió en un acto ilegal ni arbitrario que afecte a la garantía de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N°7 de la Carta Fundamental"

¿Quién era el ‘carne amarga’ Patricio Jeldres?

Este sujeto era teniente y jefe del grupo represivo que operó en la Segunda Comisaría de Carabineros de Chillán luego del Golpe, y estuvo encargado de la detención, tortura, muerte y desaparición de personas que adherían al derrocado gobierno de la Unidad Popular y de opositores a la dictadura cívico-militar en la provincia de Ñuble.

Cleofe Urrutia Acevedo
Se retiró en 1999, con el grado de general, luego de haber desempeñado –con total desprecio por la ética y la legalidad relativa a la defensa de los DD.HH., pero con la anuencia de la infame Concertación- el cargo de Jefe de la Zona Metropolitana de Carabineros.

Fue condenado, en agosto de 2008, a la pena de 3 años y un día, con libertad vigilada, y luego injustamente absuelto, por su responsabilidad en el homicidio del ex alcalde de Chillán, RICARDO LAGOS REYES, su esposa ALBA OJEDA GRANDON y el hijo de ambos, CARLOS, deleznable crimen ocurrido el 16/9/73. 

También, ha sido procesado por el delito de secuestro calificado (detención y desaparición) de CLEOFE URRUTIA ACEVEDO, quien era dirigente gremial de taxistas y fue detenido el 3 de octubre de 1973 en Chillán. Desde entonces se desconoce el paradero de éste.

Luis Ibarra Durán
En febrero de 2014, ingreso a cumplir 5 años y un día de cárcel sin beneficios por la desaparición y el secuestro calificado de don GILBERTO PINO BAEZA y don SERGIO CÁDIZ CORTÉS, dos dirigentes campesinos de la localidad de Cato, provincia de Ñuble, hecho ocurrido el 22 de octubre de 1973, cuando fueron detenidos por la patrulla de carabineros al mando del mismo Jeldres Rodríguez.

Además, el ex paco es investigado en otras causas por la desaparición o secuestro de al menos 10 personas en Ñuble, entre los que se encuentra el dirigente poblacional don LUIS IBARRA DURÁN. Otro caso de estos, y por el cual se encuentra procesado desde mediados de mayo recién pasado, al criminal de lesa humanidad se le acusa de ser autor del delito de secuestro calificado consumado de los hermanos GUSTAVO EFRAÍN y TOMÁS ROGELIO DOMÍNGUEZ JARA y WILSON ALFREDO BECERRA CIFUENTES, ilícito cometido el 11 de octubre de 1973, desde el Asentamiento Campesino “Ránquil” de San Nicolás.

En declaraciones de ex presos políticos que sufrieron en carne propia la brutalidad de Jeldres –y que pudieron sobrevivir- se califica a éste individuo como el encargado de la parte operativa de la represión ejercida por carabineros en Chillán y el más feroz torturador de la zona durante los primeros años de la dictadura.

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¡Ni Olvido Ni Perdón: Verdad, Justicia y Memoria!
¡Sólo la Lucha y la Unidad Nos Harán Libres!


Colectivo Acción Directa CAD –Chile
Junio 2 de 2017

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